diumenge, 11 d’octubre del 2015

La pena de muerte ante la construcción de un orden civilizatorio global.

                         La pena de muerte ante la construcción de un orden civilizatorio global

La abolición de la pena de muerte expresa hoy unos valores irrenunciables sobre la condición humana, dentro del marco del Estado de Derecho, en el que la defensa de la dignidad de la persona y la función resocializadora de las sanciones penales plantea unos mínimos que no pueden extralimitarse. Tenemos Estados que han abolido la pena de muerte y otros que aunque no hayan llegado a este estadio no la aplican en la práctica. También quedan algunos que todavía la aplican. En todo caso, se suele considerar que la pena de muerte está relacionada con la tortura y con los tratos inhumanos o degradantes, incompatibles con un orden civilizatorio mundial.
Analizamos aquí esta perspectiva ética y jurídica, que encontramos en el derecho supraestatal y también en el derecho constitucional español. Destacamos que España se ha mostrado especialmente beligerante a favor de la abolición de la pena capital, suscribiendo todo tipo de normas y realizando declaraciones en esta línea. Además, tratamos la incorporación de España a un orden jurídico en el marco tanto de la Unión Europea como del Consejo de Europa especialmente sensible a la abolición de la pena de muerte.
De esta manera, en el presente trabajo se trazan unos criterios a seguir para orientar la reflexión en torno a un futuro en el que la pena de muerte sea definitivamente un hecho del pasado, producto del compromiso cívico y moral de las sociedades maduras, responsables y respetuosas con los valores del humanismo.
Elaborado por Guillermo García González y Joan Lluís Pérez Francesch, en colaboración con Beatriz Núñez Grau
Documento de Opinión 108/2015 de 9 de octubre de 2015.
Instituto Español de Estudios Estratégicos
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