diumenge, 14 de febrer del 2016

Titiriteros, carnaval y libertad de expresión

La representación de una obra satírica de guiñoles en los carnavales de Madrid ha acabado como el rosario de la aurora. Los titiriteros fueron detenidos por la policía municipal por exhibir una pancarta con la frase “Gora Alka-ETA”, y representar diversas escenas burlescas, siendo acusados de un delito de apología del terrorismo y otro de vulneración de los derechos fundamentales, e ingresaron en prisión, por orden del juez de guardia de la Audiencia Nacional.

Se trata de un espectáculo controvertido, puede parecer lamentable por el tono usado,  inadecuado para los destinatarios principales, que eran menores, pero también una muestra de libertad de expresión en tiempos de carnaval, por definición llenos de excesos. Ha habido quien sostiene que parece abusiva la sanción penal y más aún las medidas antiterroristas adoptadas.

Y como no, se ha politizado la cuestión, pues algunos desde la órbita del PP han aprovechado para criticar el gobierno municipal de la alcaldesa Manuela Carmena. El portavoz adjunto del PP en el Ayuntamiento de Madrid, Íñigo Henríquez de Luna, interpuso una denuncia contra la concejal Celia Mayer por “colaboración en el enaltecimiento del terrorismo” y “desprotección de menores”.

A raíz de la denuncia presentada por un espectador, los titiriteros ingresaron en prisión, de la que han salido con cargos, gracias al informe favorable del Ministerio Fiscal. El juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno ha acordado la libertad con comparecencias diarias en el juzgado y la prohibición de abandonar el territorio nacional. En su auto, recuerda que la libertad de expresión no puede ofrecer cobertura al denominado 'discurso del odio', que supone una incitación directa a la violencia, y advierte de que las escenas que los titiriteros representaron públicamente "constituyen a priori un modo de fomentar, promover o incitar al odio, hostilidad o violencia contra un determinado grupo de personas". Además, se les requisó todo el material.

Varias consideraciones vienen al caso, a nuestro juicio. Una primera es si ante una representación de este tipo, de sátira y de mofa, el derecho penal es la solución más proporcionada y razonable. Quizás el “populismo punitivo” en el que estamos inmersos lleva a un uso desmesurado del derecho penal. Porqué ¡hay derecho a parte del derecho penal! En efecto, el derecho sancionador administrativo, desde la ley orgánica de seguridad ciudadana a las ordenanzas municipales pueden ser también instrumentos útiles para ejercer la represión ante hechos como los que aquí comentamos, si fuera el caso. Pero el grito sordo de “todos a la cárcel” que algunos sostienen pretende poner sobre la mesa un “hard law” sostenido en la concepción de que la vía penal es la mejor reacción. Así nos va en un país donde las cárceles están llenas y donde se realizan multitud de detenciones que podríamos considerar innecesarias e ineficientes.  

En segundo lugar, desde la perspectiva de la tutela de los menores (art. 20.4 CE y Ley 26/2015 de protección de la infancia y la adolescencia), reconociendo que la mayoría de público era infantil, no ignoremos que en España hay ámbitos como la televisión o los quioscos donde dicha tutela brilla demasiadas veces por su ausencia. Tomémonos en serio los derechos de los menores, in totum, no sólo cuando puede haber algún rédito político o electoral. Por otro lado, las vejaciones que se representaban en la obra a un policía, una embarazada, un juez o una monja pueden no hacernos ni pizca de gracia, e incluso parecernos algo vomitivo e inadecuado para menores, pero me planteo si se hubiese actuado de la misma manera si no se hubiera sacado el famoso cartel de “Gora Alka-Eta”.

Debemos hacer referencia también, como tercer elemento de reflexión, al ejercicio de la libertad de expresión de forma responsable. A mi juicio, la obra fue un auténtico despropósito, pero de aquí a entender que la sátira por carnaval, tiempo por definición de excesos, no permite ir algo más allá de otros momentos, carece de sentido. ¿Se ha producido realmente apología del terrorismo y una promoción del discurso del odio? ¿La inspiración libertaria de los autores y su plasmación en la obra tiene amparo en la libertad de expresión en una obra que se anunciaba “para todos los públicos”? En poco tiempo algún destacado líder político ha pasado del “Je suis Charlie” al dardo en el corazón del caso que nos ocupa. Y sin embargo, todo es un tema de límites de la libertad de expresión, sobre el que hay una amplísima jurisprudencia tanto del Tribunal Constitucional como especialmente del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

La sátira ha de contextualizarse en esos límites, porque el animus iocandi es consustancial a la misma. Y más en Carnaval. La sátira forma parte de la libertad de expresión, así como del derecho a la creación artística. Es absolutamente desviada y abusiva, a mi juicio,  la aplicación del código penal. Además hay otros medios más útiles y justos, para corregir, remediar e incluso prevenir, si así se desea, casos como el presente.